jueves, 17 de septiembre de 2009

Indotel considera telefónicas podrán exonerar pago de RD$80 pesos a clientes por portabilidad numérica

Fuente: NoticiasSIN.com

SANTO DOMINGO, República Dominicana.- El consejo directivo del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel), reconoció que no viola ninguna norma regulatoría la iniciativa de algunas empresas telefónicas de exonerar a sus clientes del pago de los ochenta pesos del derecho a portar su número telefónico.

El señalamiento lo hizo el presidente del Indotel, José Rafael Vargas, quien manifestó que algunas telefónicas han informado que adoptarán esa medida a favor de clientes que migren a su plataforma de servicio.

Ratificó que la Portabilidad Numérica se iniciará a partir del 30 de este mes en todo el país, fecha a partir de la cual los usuarios adquieren el derecho de portar su número telefónico, aunque cambie de empresa.

Vargas explicó que cada usuario tendrá que pagar 80 pesos una sola vez de por vida por el derecho a portar su número telefónico y que será una opción de cada empresa decidir si eximen a sus clientes del pago de dicha suma.

Aclaró que cada cliente pagará 80 pesos por cada teléfono, pero que si la persona tiene cinco o más números y quiere portarlos, entonces tendrá que pagar por cada teléfono.

Detalló que en el mercado local de telecomunicaciones se ha desarrollado mucho el pre-pago y que eso ha dado lugar a que en los últimos años el 85% de los teléfonos son de esa modalidad de servicio, por lo que entiende que esa parte “no va a ser determinante en la portabilidad, sino aquellos grupos de comerciantes, empresarios, profesionales, médicos, ingenieros y la gente que tiene negocios, que son los que más defienden su número”.

Manifestó que el cliente se puede portar un número dentro de una jurisdicción, dentro de una zona geográfica, es decir, si el cliente tiene un número fijo, “no lo puede cambiar por un celular”. Indicó que el derecho a portar tiene que ser de un número fijo a otro número fijo, dentro de una misma zona o dentro del perímetro del mismo perímetro geográfico, el Distrito Nacional, por ejemplo.

Apuntó que un cliente no puede llevar su número a La Romana porque “tiene que ser dentro de tu misma zona geográfica”.

Vargas indicó que “de un numero móvil a otro numero móvil se puede desarrollar la portabilidad, pero no de un móvil a un fijo, o sea, de móvil a móvil dentro de una zona geográfica”.

Advirtió, asimismo, que el cliente “no puede cancelar su número telefónico y después solicitar la portabilidad, ya que “antes tiene que solicitar el derecho a portar en la empresa” y después es que cancela. “Si lo cancela primero –subrayó el funcionario- usted le otorga a la empresa el derecho de usar su número telefónico”.

Citó que si por ejemplo la persona quiere preservar su número, simplemente va a la empresa, solicita su cambio y la empresa lo tramita, pero no puede cancelar primero porque si lo hace, también cancela su derecho a portarlo.

El doctor Vargas indicó también que “si usted no ha pagado lo que debe en la empresa A o si tienes una oferta especial bajo contrato” debe primero pagar esa deuda y cerrar el contrato para luego solicitar el derecho a portar su número telefónico con otra empresa que le ofrezca un mejor plan de servicio.

Expresó su convicción de que durante la implementación de la portabilidad el Indotel no tendrá que acudir a arbitrajes entre las partes, en razón de que el mecanismo se ha desarrollado de manera normal y que “lo mejor que hemos tenido (en el proceso) es la gran colaboración de todas las empresas”.